1.- El Ayuntamiento de Viator entendiendo que el fomento del empleo es una herramienta efectiva para combatir las necesidades sociales y de exclusión social que se producen en el municipio y en el ámbito de su estratégica de apoyo al pequeño comercio y a la hostelería en el municipio, convoca 10 ayudas a la contratación de 500 euros cada una a cargo de la aplicación presupuestaria 2015/2410.479 y con un límite presupuestario de 5.000 €, denominada “Fomento del Empleo. Otras subvenciones a empresas privadas”.
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS/AS
Requisitos de los empresarios/as
2. Podrán ser beneficiarios/as de dichas ayudas a la contratación los empresarios/as, personas físicas (autónomos) o jurídicas, que sean titulares de establecimientos comerciales minoristas o hosteleros (bares, restaurantes y hoteles) radicados en el municipio de Viator y que cuenten con la correspondiente Licencia de actividad en vigor.
Requisitos de los/las trabajadores/as
3. Los/as trabajadores/as contratados/as al amparo de la presente convocatoria deberán estar inscritos/as en la Bolsa de Empleo del Ayuntamiento de Viator, adscrita al programa Pacto Local por el Empleo.
CONDICIONES DEL CONTRATO
4. El/La empresario/a y el/la trabajador/a deberán suscribir un contrato laboral por cuenta ajena de una duración mínima de tres meses cuya fecha de inicio debe estar dentro del periodo de solicitud de la presente convocatoria.
5. En el caso de que el contrato de trabajo sea a tiempo parcial, la ayuda a la contratación se minorará en la misma proporción que se reduzca la dedicación de/la trabajador/a con respecto a la jornada completa.
6. Como consecuencia del contrato, el/la trabajador/a deberá quedar inscrito/a en el Régimen General de la Seguridad Social.
PRODECIMIENTO DE SELECCIÓN DE LOS TRABAJADORES
7. Una vez cursada la solicitud por parte del empresario/a, el Área de Empleo, Comercio y Promoción Económica del Ayuntamiento de Viator ofrecerá una terna de trabajadores/as teniendo en cuenta su número ordinal en la Bolsa de Empleo y el perfil requerido por el/la empresario/a.
8. El/La empresario/a deberá entrevistar a dichas personas. En el caso de que ninguna de las tres personas elegidas superase satisfactoriamente la entrevista con el/la empresario/a, se elegirán nuevamente otras tres personas según el orden secuencial de la Bolsa de Empleo y el perfil establecido por el empresario. Este procedimiento podrá realizarse hasta tres veces más (un total de cinco ternas).
9. Si después de las entrevistas establecidas el/la empresario/a no contrata a ninguna de las personas propuestas, su solicitud quedará desestimada.
10. Entre la fecha de solicitud y la fecha de contratación del trabajador no podrán transcurrir más de 15 días naturales. En el caso de que este periodo fuese superado, la solicitud quedará desestimada.
ASIGNACIÓN DE AYUDAS
11. La asignación de las ayudas se realizará por orden de presentación en el Registro General del Ayuntamiento por parte de el/la empresario/a, y hasta agotar la aplicación presupuestaria.
DOCUMENTACIÓN
12. El/La empresario/a deberá aportar la siguiente documentación:
• Solicitud dirigida al Área de Empleo, Comercio y Promoción Económica en la que figure las condiciones de contratación de el/la trabajador/a así como el perfil de el/la mismo/a.
• Justificante de estar dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en alguno de los epígrafes que son objeto de la presente convocatoria.
• Copia de la Licencia de apertura, actividad o puesta en funcionamiento en este municipio.
• Certificado de el/la empresario/a de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Agencia Tributaria) y con respecto a la Seguridad Social.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
13. Los/las empresarios/as que deseen solicitar dichas ayudas deberán hacerlo a partir del 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2015 (ambos días inclusive). No obstante, la convocatoria podrá cerrarse con anterioridad a esta última fecha en el caso de haberse adjudicado previamente la totalidad de ayudas ofertadas.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO DE LAS AYUDAS
14. La justificación y el pago de las ayudas se realizará siguiendo las siguientes estipulaciones:
– El 75% de la subvención concedida se ingresará en la cuenta corriente de la entidad subvencionada, previa presentación de la copia compulsada del contrato de trabajo y documento de alta en la Seguridad Social del nuevo empleado a contratar.
– El 25% restante se realizará una vez que la entidad empleadora acredite el pago de las tres nóminas mensuales al trabajador que exige la convocatoria, (se presentará copia de las hojas se salario y justificante de abono de las mismas al trabajador), así como el pago a la Seguridad Social mediante los boletines TC1 y TC2.
INFORMACIÓN
15. Para más información, las personas interesadas podrán dirigirse al Área de Empleo, Comercio y Promoción Económica del Ayuntamiento de Viator, registro del Ayuntamiento, así como a las dependencias de Guadalinfo.