Juani Novis Gonzáez

 

Juani Novis González

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D. Manuel Jesús Flores Malpica
Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Viator

HAGO SABER

La situación generada por la evolución del coronavirus (COVID-19) ha supuesto la adopción de medidas de contención extraordinarias adoptadas por esta Alcaldía y que se recogen en el Bando dictado en el día de ayer 12/03/2020.
Adicionalmente se requiere la adopción de otras medidas orientadas a proteger la salud y la seguridad de los ciudadanos dentro del actual escenario de contención reforzada dictadas al amparo de las competencias que la vigente legislación atribuye a esta Administración Local.
En su virtud y haciendo uso de las atribuciones que me confiere dicha legislación es por LO QUE VENGO EN ACORDAR LA ADOPCIÓN DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS CAUTELARES.

Primero.- Suspender por un plazo de 15 días, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva, las actividades que se realicen o estén programada en las siguientes instalaciones municipales:
— Ciudad Deportiva
— Biblioteca Municipal
— Casa de Cultura
— Museo de la Ballena
— Museo de la Fragua (Escuela de Idiomas)
— Centro Guadalinfo
— Centro de Día
— Pistas de Petanca
— Escuela Infantil de Viator
— Todos los parques infantiles de Viator
Cualquier otra actividad de carácter formativo, docente, comercial, lúdico etc. que suponga la concentración de personas en dependencias o vías públicas.

Segundo.- Se cancelan todos los eventos públicos y actividades programadas, así como el mercadillo de los miércoles.
Tercero.- Se adopta la medida de carácter organizativo y temporal de trabajar en la Casa Consistorial a puerta cerrada por lo que no será posible la atención pública ni el registro presencial. Se excepciona de esta medida el acceso de aquellas personas que tengan previamente citaciones para comparecer en el Juzgado de Paz, los cuales serán atendidos en el horario que figura en sus citaciones.
Ante las necesidades imperiosas que puedan surgir y como complemento a esta medida se priorizará la atención al público por vía telefónica y se solicita que se haga uso cuando sea posible del procedimiento telemático. Los asuntos de urgencia se atenderán telefónicamente y se procurará darles la solución más adecuada, e incluso con cita previa si fuese necesario.
Asimismo se evitarán en la medida de lo posible las reuniones de trabajo
Que aunque estas medidas alterarán nuestras rutinas y generarán algunas molestias, estamos convencidos de que su inmediata puesta en marcha, sumada a la eficacia de los profesionales sanitarios y el buen ánimo y sentido común de los viatoreños harán que sean necesarias durante el menor plazo de tiempo posible aunque la preferencia en estas decisiones son la seguridad y salubridad de todos.

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El Ayuntamiento de Viator informa sobre las medidas preventivas adoptadas por el equipo de gobierno en relación a la situación sanitaria creada por el Covid-19.

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Descarga de la solicitud.

Enlace de la oficina virtual para presentación de la solicitud y documentación adjuntaEnlace de la oficina virtual para presentación de la solicitud y documentación adjunta.

Documentación.
Las personas interesadas deberán presentar una sola solicitud, conforme a la Solicitud Beneficiario Mod. 3. y se aportará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del Número de Identidad de extranjero (NIE) de la persona solicitante.
b) En el supuesto de matrimonio con o sin descendencia, o familias monoparentales con hijos o hijas, el correspondiente libro de familia. En su caso, documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.
c) En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el registro de Parejas de Hecho que corresponda, o acreditación suficiente por otros medios de su relación de convivencia, y si se tuviesen descendencia, además, el libro de familia.
d) Certificado de empadronamiento familiar expedido por el Ayuntamiento de Viator acreditativo de que todas las personas solicitantes constituyen la unidad familiar.
e) Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos netos percibidos por todas las personas componentes de su unidad familiar, durante los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud, junto con los movimientos bancarios del mismo periodo.
f) Documentación acreditativa de ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar:
- Si durante los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud no ha estado empleado:
* Certificación de ingresos expedida por el Instituto Nacional de Empleo.
* Certificación de ingresos expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social).
- Si durante los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud ha estado empleado:
* Justificante de Salario percibido.
g) Informe de períodos de inscripción que acredite que la persona solicitante y su unidad familiar, figuran como demandantes de empleo inscritos en el Servicio Andaluz de empleo el día de la presentación de la solicitud para acogerse al Programa.
h) Informe de vida laboral de todas las personas componentes de su unidad familiar, mayores de 16 años, en el que se refleje el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
i) Cuantos documentos que considere que puedan acreditar unas circunstancias socio económicas y laborales que le dificultan para atender necesidades básicas de usted y/o su familia.
j) Consentimiento informado, según el punto 5 de la Solicitud Beneficiario Mod. 3.

Criterios económicos:
Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:
- Inferior al 75% del Indicador Público de renta de efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona, siendo 403,38€ mensuales.
- Inferior a 1,3 veces el 75% del IPREM para unidades familiares de dos personas, siendo 524,39€ mensuales.
- Inferior a 1,5 veces el 75% del IPREM para unidades familiares de tres personas, siendo 605,07€ mensuales.
- Inferior a 1,7 veces el 75% IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas, siendo 685,74€ mensuales.
Referencia del IPREM anual (12 pagas) para 2020 es igual 6.454,03 €, IPREM mensual 537,84€.
A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la ayuda alimentaria con cargo a este Programa.

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